Hoy se ha publicado un nuevo Real Decreto-Ley, el 15/2020 con nuevas medidas para mitigar los efectos y situación generada por el COVID-19.
Está dividida en 3 grandes bloques:
1. Medidas para reducir los costes de pymes y autónomos.
- Moratoria en el pago de las rentas durante las mensualidades que dure el Estado de Alarma y sus prórrogas correspondientes para contratos realizados con «grandes tenedores»
- En el caso de arrendamiento cuando el propietario no sea un gran tenedor, si no hay acuerdo previo para el aplazamiento, se podrá hacer uso de la fianza, la cual deberá reponer el inquilino en el plazo de 1 año.
Requisitos que debe cumplir el autónomo o pyme:
- Actividades suspendidas por el RD 463/2020.
- Reducción del 75% de la facturación de la media mensual del trimestre al que pertenece el mes a aplazar.
2. Medidas fiscales.
- Se aplica el tipo 0% a los bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 cuyos destinatarios sean Entidades de derecho publico, clínicas o centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.
- Las entidades que no superen los 6.000.000 € de volumen de negocio, podrán optar por el cálculo del pago a cuenta del Impuesto de Sociedades según el art. 40.3 en la presentación del pago fraccionado del mes de Octubre.
- La renuncia al método de estimación objetiva se podrá revocar en el ejercicio 2021 si así lo solicitan los contribuyentes.
3. Medidas de protección de los ciudadanos.
- Situación legal de desempleo por extinción de la relación laboral en el periodo de prueba durante la vigencia del estado de alarma.
- Disponibilidad excepcional de los planes de pensiones.
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