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¿Me deben practicar embargo a la paga extra?

¿Me deben practicar embargo a la paga extra?

descargaPor desgracia, estos años de crisis han provocado que muchos españoles tengan deudas con administraciones públicas o con juzgados por impagos.

Muchas veces nos preguntamos si la empresa está practicando correctamente el embargo en la nómina y sobre todo cuando se cobra la paga extra, que en ese momento nos retienen un importe superior.

Si la empresa le está aplicando un embargado del salario, sepa cómo deberá aplicar el embargo en el mes en que cobre la paga extra según Hacienda.

  • Sume el importe NETO de la nómina mensual y el de la paga extra, y sobre la cuantía neta aplique de forma única los tramos de embargabilidad (Siempre hay que tener en cuenta el Salario Mínimo Interprofesional, actualmente el SMI es de 900 euros).
  • Actúe igual si su plantilla cobra cada mes las extras de forma prorrateada.  Aplique los límites de embargabilidad sobre el sueldo neto mensual (sobre la suma de la nómina y de las extras prorrateadas El límite en este caso el SMI hay que tener en cuenta 1.050 euros).

Ejemplo 1. Si usted cobra 1.500 euros netos al mes (considerando que la nómina mensual incluye las extras prorrateadas), su embargo será de 135 euros (1.500 euros – 1050 euros SMI = 450*0,30% = 135 euros).

Ejemplo 2. Si usted cobra 1.000 euros netos al mes y 1.000 € de paga extra , su embargo será de 370 euros (2.000 euros – 900 euros SMI = 900*0,30% = 270 euros + 200*0,50 %=100 ; 270+100= 370 euros).

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Oficina Técnica Tributaria